Reservas
Una reserva representa una segregación de las utilidades acumuladas de la entidad, con fines específicos y creados por decisiones de sus propietarios y/o requerimientos legales.
Según NIF C-11 pfo 43.2, Se crean mediante una asignación de utilidades acumuladas para un fin especifico. Pueden crearse para cumplir un ordenamiento legal, tal como la creación de la reserva legal prevista en la Ley General de Sociedades Mercantiles o por una decisión de los propietarios, para proteger la estabilidad de la entidad. Las reservas se utilizan para el propósito para el que fueron creadas y se cancelan cuando expira dicho propósito.
Es obligatoria por ley. Se obliga a dedicar una parte del capital social a estas reservas. La cual debe estar constituida como mínimo por el 20% del capital social y, para ello, se destinará el 10% de los beneficios de cada ejercicio económico. También se puede modificar la cantidad de las reserva al aumentar el capital social con cargo a las mismas o, incluso con una disminución de ese capital social. Estas obligaciones se encuentran reguladas dentro de la Ley de Sociedades de Capital.
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